Quienes necesiten realizar un "reemplazo temporario" del Director Técnico de su farmacia podrán hacerlo por
un plazo "No Mayor a 6 meses", y para ello deberán dirigirse a Dirección de Jurisdicción de Farmacias cumplimentando los requisitos que se detallan a continuación. Por cualquier consulta pueden dirigirse telefónicamente al departamento de Asuntos Profesionales de nuestro Colegio.
De acuerdo a la ley 8302 LEY DE FARMACIAS, DROGUERIAS FARMACÉUTICAS, LABORATORIOS FARMACÉUTICOS Y HERBORISTERIAS, el órgano de aplicación es la Dirección de Jurisdicción de Farmacias, por lo tanto es en esta repartición en donde se deben realizar todos los trámites relacionado con estos establecimientos. Los mas frecuentes son:
18 de marzo de 2013
En la compra-venta de psicotrópicos debe utilizarse exclusivamente el Formulario oficial.
La Dirección de Jurisdicción de Farmacia, del Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba
informa que para la compra-venta de psicotrópicos y que requiera un vale a tal fin, debe utilizarse exclusivamente el Formulario oficial, aclarando que
no tiene validez ni será recibido ningún otro tipo de vale. Dicho Formulario se encuentra y puede ser descargado desde el micrositio oficial de la Dirección de Jurisdicción de Farmacia en el siguiente enlace:
09.03.
Vales para la compra y venta de psicotrópicos
Asimismo, aprovechamos la oportunidad para recordarles a los colegas que en el mencionado Formulario, como en toda documentación que así lo exige, siempre debe estar presente el sello de la farmacia con todos los datos completos.
En la compra-venta de estupefacientes debe utilizarse exclusivamente el Formulario oficial.
La Dirección de Jurisdicción de Farmacia, del Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba informa que para la compra-venta de estupefacientes y que requiera un vale a tal fin, debe utilizarse exclusivamente el Formulario oficial, aclarando que no tiene validez ni será recibido ningún otro tipo de vale.
Dicho Formulario se encuentra y puede ser descargado desde el micrositio oficial de la Dirección de Jurisdicción de Farmacia en el siguiente enlace:
09.04.
Vales para la compra y venta de estupefacientes
Asimismo, aprovechamos la oportunidad para recordarles a los colegas que en el mencionado Formulario, como en toda documentación que así lo exige, siempre debe estar presente el sello de la farmacia con todos los datos completos.
Los libros Oficiales de las Farmacias son tres:
-Recetario,
-Psicotrópicos
-Estupefacientes
En caso de necesitar la reposición de alguno de ellos, por haberse completado el que está en uso, debe procederse de la siguiente manera:
1. Adquirir el Libro respectivo en CFC.
2. Confeccionar una nota dirigida a Dirección de Jurisdicción de Farmacias, solicitando el sellado y rubricado para reposición del Libro. La nota, debe contener los siguientes datos:
• Nombre de la farmacia
• Nombre y Matrícula del Director Técnico
• Nombre, DNI y CUIT del propietario
• Dirección y localidad de la farmacia
• Firma del Propietario y Director Técnico.
• Sello de la Farmacia.
3- Adjuntar foto carnet en colores, actualizada, de cada uno de los Directores Técnicos. (Sólo en caso del libro recetario)
4-. Abonar la Tasa Retributiva, correspondiente a Sellado y Rubricado de Libros.
Resolución 153/2012 de la Dirección de Inspección de Farmacias
Se sugiere a todos los profesionales farmacéuticos prestar especial atención a las prescripciones, a fin de evitar la dispensa de recetas apócrifas.
El Consejo de Médicos de Córdoba pone a disposición una sección, de acceso público, a través de la cual es posible consultar la nómina de los profesionales médicos matriculados.
Para consultas debe ingresar al siguiente link: https://cmpc.org.ar/consultamatriculados/